control de proveedores

Las comunidades de propietarios están obligadas, tal y como recoge el artículo 10 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, a llevar a cabo los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición del deber legal de conservación.

“La gestión de una obra comienza desde el nacimiento de la intención de acometerla.”

La ejecución de obras es uno de los principales focos de conflictividad en las comunidades de propietarios. A fin de minimizar su repercusión en la convivencia vecinal, hemos perfilado un protocolo de actuación en base a la experiencia adquirida durante los más de treinta años de ejercicio profesional:

gestion de obras1. Contando con la opinión y colaboración de los propietarios, definimos con exactitud la(s) obra(s) a realizar. En función de su naturaleza, revisamos las ayudas y subvenciones públicas disponibles.

precio2. Realizamos un estudio económico del coste que la ejecución de la(s) obra(s) comporta(n) solicitando tantos presupuestos como nuestros clientes estimen necesarios (aconsejamos tres mínimo). En Santedfincas, como administración de fincas participativa, invitamos a que aquellos copropietarios interesados o con relación con empresas del sector presenten sus ofertas: ellos son las mejores referencias posibles.

control de obras3. Confeccionamos una minuciosa comparativa de los presupuestos recogidos en base a la calidad, garantías, referencias, forma de pago e importe.

junta general4. Por orden de la Junta de Gobierno, convocamos una Junta General ex proceso para someter la comparativa y presupuestos a la decisión de todos los comuneros. Asimismo, instamos a la creación de un comité de obra formado por un grupo representativo de propietarios con el fin de facilitar la intermediación de incidencias o sugerencias entre éstos y la parte contratista.

dotacion economica5. Una vez que la comunidad de propietarios en Junta General y con las mayorías legalmente establecidas ha acordado la ejecución de la(s) obra(s) y designado contratista, se consigna dotación económica para hacer frente al pago de las obligaciones contraídas.

documentacion6. Durante la ejecución de los trabajos, documentamos periódicamente su estado mediante visitas puntuales y actuamos como apoyo de nuestros clientes y/o comité de obra para transmitir las pertinentes reclamaciones y sugerencias al contratista.

visita programada7. Finalmente, programamos visita con representantes de la comunidad de propietarios (Junta de Gobierno y comité de obra) y contratista para dar el visto bueno a los trabajos realizados y certificar el final de obra.

La administración de fincas que le ayudará a gestionar la obra de su comunidad

Presupuesto administración de comunidades