En santedfincas entendemos la relación entre las comunidades de propietarios y sus correspondientes proveedores bajo la óptica empresarial. En este contexto, nuestra labor como administrador de fincas correspondería con las atribuciones del gerente de una empresa.
“Gerente: persona que coordina y supervisa el trabajo de otras de tal forma que cumplan con los objetivos de la organización.”
GESTIONAMOS LAS RELACIONES CON LOS PROVEEDORES
Por nuestra experiencia, el objetivo de cualquier comunidad de propietarios (organización) en materia de proveedores, independientemente de su dimensión y características, radica en confiar la prestación de servicios en empresas de contrastada calidad a precios competitivos.
Con este objetivo en mente revisamos la actuación de los proveedores en base a distintos factores:
Gracias a nuestro sistema de gestión de llamadas registramos automáticamente las entradas de incidencias de nuestros clientes y, paralelamente, realizamos un seguimiento desde el momento en el que se notifica el aviso al proveedor hasta su efectiva resolución. La información de tiempos recogida nos sirve para comparar gremios y evaluar su disponibilidad y compromiso.
Canalizamos las opiniones y/o reclamaciones sobre la actuación de los proveedores que los propios comuneros nos transmiten. Su colaboración es fundamental para perfilar los diferentes servicios que requiere la comunidad de propietarios.
En función de lo anterior programamos reuniones con los responsables de las empresas para analizar puntos de mejora en la prestación de su servicio y corregir posibles deficiencias.
Chequeamos el grado de cumplimiento en los vencimientos de las facturas que emiten los proveedores y controlamos posibles errores de facturación, prestando especial interés en los tipos de IVA aplicados.
A las comunidades de propietarios, tal y como recoge la AEAT, les es aplicable el tipo impositivo reducido de IVA (10%) en aquellos casos en las que los materiales empleados en los trabajos de albañilería, fontanería, electricidad, pintura, carpintería, etc. no superen el 40% de la base imponible de la operación. A la postre, un error del proveedor en su facturación supondría un encarecimiento del 11% evitable.
En este apartado diferenciamos proveedores bajo contrato (mantenimientos de ascensores, salas de calderas, grupo de prevención de incendios, etc.) y proveedores de atención puntual (gremios: fontanería, electricidad, cerrajería, albañilería, pintura, etc.).